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UY (GF 3.0)

Uruguay – Gestor de Folios 3.0 (GF 3.0)


1. Introducción

Este documento describe las particularidades del uso del Gestor de Folios 3.0 (GF 3.0) en Uruguay, conforme a la normativa de la Dirección General Impositiva (DGI).

En Uruguay, la emisión de Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE) requiere una preautorización formal denominada CAE (Constancia de Autorización para Emisión), lo que implica que la numeración debe estar previamente aprobada por la DGI.

El GF 3.0 cumple un rol crítico en:

  • La importación y administración de rangos CAE
  • El control secuencial de la numeración
  • La inclusión correcta de la sección CAE dentro del XML tributario

2. Marco normativo

En Uruguay:

  • La numeración de los CFE debe estar respaldada por un CAE aprobado por la DGI.
  • El CAE se entrega en un archivo XML firmado digitalmente, con una lógica similar a la utilizada en Chile.
  • También puede exportarse en formato CSV para carga estructurada.
  • La vigencia del CAE es de 2 años.
  • Los números no utilizados al vencer el CAE deben ser anulados e informados en el reporte diario correspondiente.
  • La numeración no puede reutilizarse.
  • Si un CFE es rechazado por DGI, su número queda invalidado definitivamente.

::: note

En ambiente productivo, la solicitud de CAE es obligatoria.
En ambiente Sandbox pueden utilizarse datos dummy que respeten los esquemas oficiales.

:::


3. Estructura del folio en Uruguay

La numeración del CFE está compuesta por:

Serie

  • Inicia en A.
  • Cuando el número supera el 9999999, se pasa a la siguiente serie (B, C, etc.).
  • La serie forma parte del identificador fiscal.

Número

  • Inicia en 1.
  • Máximo 7 dígitos por serie.
  • Valor máximo por serie: 9999999.

Ejemplo válido:

Serie: A
Número: 0000001

4. Gestión de rangos primarios en GF 3.0

4.1 Obtención de rangos CAE

Para poder emitir documentos:

  1. El cliente debe ingresar al portal de la DGI.
  2. Solicitar los rangos CAE por tipo de CFE.
  3. Descargar el archivo XML firmado digitalmente (o CSV).
  4. Importar dicho archivo en el GF 3.0 mediante la funcionalidad:
    Rangos Primarios → Cargar Documento

image-20260303-192545.png

El GF 3.0 registrará:

  • Serie
  • Número desde
  • Número hasta
  • Número de autorización (CAE)
  • Fecha de vencimiento

4.2 Carga manual de rangos (modo pruebas)

Para fines de pruebas o entornos Sandbox, el sistema permite crear rangos manualmente desde la pantalla Rangos Primarios.

image-20260303-192624.png

El formulario requiere:

CampoDescripción
Número desdeInicio del rango
Número hastaFin del rango
Tipo de documentoTipo de CFE
SerieSerie asociada
Número de autorizaciónOpcional en pruebas
Fecha de vencimientoFecha límite del rango

Este procedimiento crea un rango primario de prueba, no válido para ambiente productivo.

::: note

En PRD, la carga debe provenir de un CAE real aprobado por la DGI.

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5. Particularidades operativas

5.1 Alcance del CAE

  • El CAE se emite para el domicilio fiscal principal.
  • La numeración por tipo de CFE es única para toda la empresa.
  • No es obligatorio informar sucursal o local.

El uso interno de los rangos puede definirse por el contribuyente:

  • Numeración centralizada por tipo de CFE.
  • Solicitud de múltiples CAE por tipo (por sucursal o caja).
  • Subasignación de subrangos internos desde un mismo CAE.

5.2 Rechazo de documentos

Si un CFE es rechazado por DGI:

  • El número queda invalidado.
  • No puede reutilizarse.
  • El documento corregido debe emitirse con un nuevo número.

El GF 3.0 debe mantener el registro de numeraciones entregadas a los productos.


5.3 Vencimiento del CAE

  • Vigencia: 2 años.
  • Los números no utilizados deben anularse.
  • Deben reportarse en el informe diario correspondiente.

::: note

Aunque en la práctica no siempre se realiza este procedimiento, el sistema debe contemplarlo.

:::


6. Información obligatoria en el XML tributario

Además de completar:

  • Serie.
  • Número.

El sistema debe incluir dentro del XML del CFE la sección:

Constancia de Autorización para Emisión de CFE (CAE)

Esta sección es obligatoria y forma parte del esquema oficial.
Es equivalente conceptual a la sección “Resolución” en países como Colombia o República Dominicana.

El GF 3.0 debe proveer los datos necesarios para completar correctamente:

  • Número de CAE.
  • Rango autorizado.
  • Fecha de vencimiento.

7. Rol del GF 3.0 en Uruguay

En Uruguay, el GF 3.0 es responsable de:

  • Administrar los rangos CAE importados.
  • Controlar la secuencia estricta de numeración.
  • Bloquear reutilización de números a nivel de rango primario.
  • Gestionar vencimientos de rangos primarios.
  • Proveer la información CAE para el XML tributario.
  • Mantener trazabilidad completa, es decir, a qué facturadores fueron entregadas las numeraciones.

8. Resultado esperado

Con la configuración correcta:

  • El cliente opera con rangos aprobados por DGI.
  • La numeración cumple los límites por serie.
  • No existen reutilizaciones.
  • Los CFE contienen correctamente la sección CAE.
  • Se garantiza cumplimiento normativo.

9. Collection de ejemplos

A continuación, compartimos un collection para importar a Postman con las URLs.